PAGINAS PARA LA HISTORIA DE CUBA
obraren p°. su provic° n . qe. es just a . q°. pido con costas y lo necesa
rio &».
Dr. Jph. Agustín Caballero.
[Hay una rúbrica].
Diligencia teniéndolo por opuesto.
Havana 10 de Octubre de 1804.
Por opuesto, agregúese á las diligencias del asunto, y á su tiempo
se proveerá.
[Hay una rúbrica del Obispo] Por m'do. de S. S. I.
Gabriel de Lafuente y Vargas
Srio. [Hay una rúbrica].
Diligencia de notificación al interesado.
En dho. dia lo notifiqué al Dr. Dn. Josef Ag". Caballero, doy fe—
Vargas. [3]
[Hay una rúbrica].
Texto de la proposición escogida por el opositor.
Textus.—“lili vero qui excomunicari sunt, vel tre versi manifeste no
tad, non videntur hoc sacramentum (Eucharistiam) posse conficere
Exdifinet 13. lib. 4 Mag. Sent” Conclusio. Nec sacramentum Paenitentie
conficere possunt tales excomunicati.” [4]
Escrito del Padre Caballero alegando sus méritos con referencia
a los documentos que acompaña.
D. D. José Agustín Cavallero maestro de Artes en el Rl. y Consiliar
Colegio Seminario de esta Ciudad en los autos para proveer la Cathedra
de Teologia Moral y Escritura de dho. Colegio ante V. paresco y digo:
que evacuada la oposición se me ha mandado alegar méritos, y redu-
[3] Hay otra diligencia de 6 novbre. 1804, mandando desfijar los edictos convoca-
torios por haber pasado el término. Y a continuación aparecen agregados 10 edictos
que fueron fijados en la Iglesia Catedral, Parroquial de Guadalupe extramuros, villa de
Guanabacoa, Rl. villa de Santiago, ciudades de Santa María del Rosario, del Bejucal, de
la Santísima Trinidad, y Villas de Sancti Spiritus, Sta. Clara, y San Juan de los Remedios.—
Fué único opositor el Dr. Dn. José Agustín Caballero. Y el tribunal lo formaron los
Dres. D. Miguel de Anaya, canónigo Penitenciario, Juez por designación del Vicerreal
Patrono; Julián del Barrio, Prebendado, José Anselmo de la Luz, Director del Colegio
seminario y Manuel Zerguera, catedrático de Liturgia, actuando de Presidente de dicho
tribunal el Ldo. Nicolás Taboada Provisor y Vicario gral., designado por el obpo. Espada
para presidir los examenes a virtud de no poder hacerlo él por hallarse en visita pastoral.
La oposición se efectuó en la mañana del día 18 de diciembre de 1804.
[4] En 19 de diciembre el tribunal aprobó nemine discrepante los ejercicios, y
mandó que el Dr. D. José Agustín Caballero, justificase dentro de tercero día sus méritos.