haga pa
“Decreto :
“Artículo 1%.—Habilitase para el comercio nacio-
nal y extranjero, la Bahía de Mejillones, y se le decla-
ra puerto principal de la provincia de Atacama, con de-
pendencia del Puerto Mayor de Cobija.
A O A A A SA o a O E
“Artículo 3?”.—El Gobierno decretará los gastos de
las obras materiales del Puerto de Mejillones,
“Artículo 4.—Establécese en él una Aduana y Te-
sorería unidas con los empleados siguientes: ... ...
“Después de ese Decreto, fueron expedidas sucesi-
vas Ordenes y Resoluciones, que llevaban el mismo ob-
jeto, de dar estricto cumplimiento a lo pactado, e im-
pulso a los progresos de la industria en esa región. Pro-
curóse mediante aquellas, la construcción de caminos
carreteros y ferrocarriles; el establecimiento de un sis-
tema que asegurara la percepción de los derechos, me-
diante una seria organización administrativa, cuyo pre-
supuesto de gastos fué votado, por Decreto de 25 de Oc-
tubre de 1871, en la cantidad de 138,728 Bs. anuales; y
la creación de Aduanas con la correspondiente habilita-
ción de Puertos, etc., etc.
“Como se hubieran suscitado ya algunas dudas y
reclamaciones, acerca de la percepción de los derechos
de Aduana, (cosa que por otra parte, hace ver lo de-
primente que era esa estipulación, para la dignidad del
gobierno boliviano), fué expedida la siguiente orden,
que revelaba la decidida voluntad que abrigaba ese go-
bierno, para ejecutar lo estipulado.