Full text: América Latina ante el peligro

conducto, desempeñarian los cargos más deni- 
grantes y punibles sin temor de caer bajo una 
pena tan fuerte como la que se aplicare a los 
naturales 
5.—El Gobierno Americano, pues, sin una 
causa que lo justificara, violó la neutralidad y 
efectuó la intervención. Pero, ¿qué es, qué «signi- 
fica la intervención en Derecho Internacional? 
Dáse el nombre de intervención a la ingerencia 
que una nación toma en los asuntos interiores de 
Otra. La intervención puede ser diplomática o 
armada, solicitada o de mutuo propio. Prescindi- 
remos aqui de la intervención diplomática y nos 
ocuparemos únicamente de la intervención armada. 
El criterio reinante en los tratadistas del 
ramo se inclina generalmente al principio de la 
no intervención. Algunos lo creen absoluto. Pie: 
rantoni, Carnaza, Amari y Mamiani opinan «que 
la no intervención es un deber general y absoluto, 
sin que pueda ser jamás justificado el hecho de fal- 
tar a él bajo pretexto alguno». El profesor Tissot 
piensa del mismo modo y sostiene que «es preferi- 
ble para los derechos de los pueblos proclamar de 
úna manera absoluta el principio de no interven- 
ción, el respeto escrupuloso de la autonomía de las 
demás naciones más bien que aplicar excepciones 
de una interpretación tan dudosa y de un abuso 
tan fácil». El célebre catedrático de la Universidad 
de Nápoles, Pacual Fiore, a pesar de no mostrarse 
tan radical como los autores citados y de hacer 
“algunas excepciones al principio de la no interven- 
ción, afirma que «el daño mediato, el peligro, el 
perjuicio, la ofensa de los intereses y esperanzas 
 
	        
© 2007 - | IAI SPK
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.