Full text: Instrucción pastoral del episcopado venezolano al clero y fieles de la República

CAP. IX. - DEL MATRIMONIO 191 
A E E A A A A 
santidad de este Sacramento. Hagan igual advertencia 
en privado á los padres de los novios y sobre todo á 
los de la novia. Igualmente aconsejen á los prome- 
tidos que no dejen la confesión para el día del 
matrimonio, y cuando lo juzguen necesario excíitenlos 
á hacer confesión general. No sean en este punto 
negligentes en manera alguna, antes bien sobremanera 
celosos, urgiendó con la mayor eficacia posible por 
la confesión para el matrimonio, especialmente á. los 
hombres, y no permitiéndoles prescindir de este re- 
Qquisito sino cuando en absoluto no puedan lograr 
que lo cumplan debidamente. 
525. El matrimonio debe celebrarse en la iglesia 
parroquial y noen otra. Prescribimos que los Curas 
no. presencien matrimonios en casas particulares sin 
permiso escrito del Ordinario. Se exceptúan de esta 
prohibición los matrimonios celebrados ¿n articulo 
mortis y los de las personas que han estado viviendo 
en público concubinato, respecto de los cuales damos 
á los Curas amplias facultades para. que. puedan 
presenciarlos en cualquier lugar y tiempo y dando 
por, dispensadas. las amonestaciones, con tal que 
después de un concienzudo examen estén moralmente 
Seguros de no haber ningún impedimento, y salvas las. 
disposiciones de la ley civil. / 
526. Es preciso que se restablezca la práctica 
de la bendición nupcial, ó sea de las velaciones, casi 
caída en desuso entre nosotros, contándose ya como 
Caso raro, por lo menos en algunas regiones, el de los 
matrimonios en que sé cumple esta grave ritualidad de 
la. Iglesia. El Concilio Plenario de la América Latina 
es terminante en este punto, y por nuestra parte 
tenovamos encarecidamente su mandato, Repongan, 
. Pues, los. párrocos en su. antiguo honor las vela- 
ciones; insistan una y otra vez con los que han ; 
de casarse para que no omitan este acto; procú- 
yenles todas las facilidades para ello; exhorten aun 
á los ya de largo tiempo casados. que no se hubieren, 
velado á que también reparen esta omisión. Proce- 
diendo con un celo discreto y sin violentas imposi- 
 
	        
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