196 PARTE V. - DE LOS SACRAMENTOS
- instrucciones ob en el S anterior. Cuando no se:
hayan afiliado ostensiblemente á ninguna secta, pero
da públicamente manifiesten su incredulidad respecto de
algunos artículos de fe, trate el Cura en primer lugar
de apartar á:la parte católica de proceder á tal
matrimonio, deciarándole el peligro de perversión á
«que se expone y los desagrados domésticos que no
habrán de faltar. Si no lograre disuadirla, consulte el
- punto con el Ordinario, exponiéndole con toda clari-
dad las circunstancias del caso, y aténgase á Sus
instrucciones, entre las cuales , encontrará siempre la
obligación de obtener por eserito y bajo juramento las
- mismas promesas que en el caso de matrimonios
mixtos, y además la de que, siendo pública la incre-
dulidad del librepensador, no se celebre el matrimonio
n la iglesia, ni con aparato religioso, sino que asista
el Cura como testigo autorizable.
$ Iv MATRIMONIOS PE MASONES.
poa Las -perniciosísimas sociedades de franc=
causan mayor detrimento á las almas que
responsadores pues los masones tienen su
, sus jefes y su culto particulares,
bien pueden ser considerados como
parada. Sin embargo, como la Iglesia no:
a decidido ad sobre este particular, los matrimo-
nios on los masones no se pueden llamar estricta-:
( nomios mixtos y por tanto para ellos no
ispensa de la Santa Sede.
Par a estos matrimonios siganse las ins-
dadas por el Santo Oficio, á saber:—No se
uede to erar que los matrimonios contraídos por
celebren con toda la solemnidad del rito
se aparte de la secta masónica, y
conseguirlo hágale á la, novia y á sus.
.exhortaciones para que tal matrimo-
vado á cabo. Cuando no pueda impedir el
ma que de no presenciarlo haya de se-
Ó daño, ae al odie .