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Por otra parte, unida definitivamente Buenos
Aires 4 la Confederación, la influencia de esta
provincia, porsus hombres, su cultura, y su rique-
za pesaría extraordinariamente en los destinos na
cionales, y el gobierno, que entonces llevaba una
existencia precaria en el Paraná, bajo la influen
cia del general Urquiza, sería el gobierno verdade
ramente nacional de toda y para toda la República.
Por lo tanto, la incorporación de los diputados y
la constitución definitiva, quizá ya no convenía al
general Urquiza en aquellas circunstancias. Ne
cesitando un pretexto para rechazar los diputados
lo halló, sosteniendo, contra la opinión del prest
dente Derqui, que su elección era ilegal, puesto
que habían sido elegidos de acuerdo con las le
yes de la provincia en vez de serlo de acuerdo
con la ley nacional de elecciones. En esto se basó
toda la tenaz propaganda de los elementos del ge
neral Urquiza. Sin embargo, por el artículo 41 de
la Constitución reformada en 1860, — y que pa-
ra Buenos Aires comenzaba á regir desde enton—
ces, — dice: « Por esta vez las legislaturas de
las provincias reglarán los medios de hacer efec-
tiva la elección directa de los diputados de la
nación ».
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