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son condenatorias, sino condenadas, es decir errores
declarados tales por la Santa Sede, y que ningun ca-
tólico puede seguir. El Syllabus presenta la proposi-
cion falsa; para inferir la verdadera, es preciso poner
mucho cuidado, buscando lo que apénas baste á hacer
falsa la otra, sin excederse á más, ó como dicen los lógi-
cos, buscando la contradictoria y no la contraria, pues
puede suceder que dos contrarias sean á un mismo
tiempo falsas ; Ó de otro modo : al negar una cosa falsa
está uno expuesto á negar más de lo que debe y á in-
cidir, por exceso de negacion, en otro error. Ejemplo :
la proposicion LV dice: “Es bueno que la Iglesia
esté separada del Estado, y el Estado de la Iglesia.”
Esta proposicion es falsa y debemos rechazarla;
¿cuál le opondremos como verdadera? la contradicto-
ria, la que basta á negarla, es decir: “No es bueno,
ó no es un bien, que la Iglesia dic.” Erraria el que,
variando los términos y exagerándolos, dedujese por
verdadera esta otra: “Es el mayor mal que la Igle-
sia esté separada del Estado, dic.” En efecto, la mente
de la Santa Sede al condenar aquella proposicion es
que la separacion de la Iglesia y el Estado “no es cosa
buena,” pero no que “sea el mayor mal.” La union
de la Iglesia 4 un Gobierno impío y avasallador es un
mal más grave que el de la separacion de la Iglesia
y el Estado cuando el Estado es enemigo de la Iglesia.
Expliquémonos con más claridad ; entre las dos Po-
testades puede haber 1.” el abrazo de la conciliacion y
la armonía, fundamento de la civilizacion cristiana ;
2.2 el sofocador abrazo de la tiranía, la union que acep-
ta y aun reclama el poder civil para esclavizar á la
“Iglesia; y 3.2 la separacion. Lo primero es un bien,
es la verdadera expresion de la felicidad social : lo se-
gundo es un mal (como tambien lo expresa él Syllabus,
proposicion XXXIX y siguientes); lo tercero es otro -: