Full text: La reforma agraria italiana y la futura reforma española

Or 
Prefectos, les llama la atención sobre dos ex- 
tremos importantes: permanente uno; circuns- 
tancial el otro. 
Los nuevos concesionarios deben, para lograr 
ser tales, cultivar bien las tierras que ya poseen 
en propiedad o arriendo. «Otra cosa no respon- 
dería al fin de estas excepcionales medidas gu- 
bernativas.». : 
Las Comisiones le de ocupación 
harán liquidar inmediatamente todas las indem- 
nizaciones debidas a los propietarios por con- 
cesiones anteriores, antes que sea levantada la 
cosecha de 1920, y con su exportación de los 
campos venga a faltar a aquéllos la mayor ga- 
rantía de su deuda (1). : 
Se alude clara y fuertemente a las. peto 
invasiones de terrenos de todo género, aun de 
aquéllos que por su buen cultivo no pueden ser 
nunca objeto de concesión, «y se anuncia la re- 
presión de estos desmanes». : 
El mismo Falcioni, dos semanas ap 
presentó al Congreso un proyecto de ley para 
_«la transformación del latifundio y la concesión 
_de tierra a los campesinos». E 
Admite as formas de transmisión . 
(1) Las incautaciones de septiembre de 1919 ha- 
bían sido sembradas en octubre y meses siguientes. 
Su cosecha se alzaba en ¡junio de 1920. La Circular 
en a es sumamente oportuna. 
 
	        
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.