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materia por otros paises como Estados
Unidos, Inglaterra, Rusia, España,
Italia, etc.
El capítulo tercero contiene las disposi-
ciones generales.
Al reglamentarse los artículos 33 y 43
debieran especificarse con toda exactitud
los deberes enunciados en principio en las
precitadas disposiciones, y darse caracter
de estricta obligacion á las publicaciones
periódicas sobre el Uruguay ya en folletos
ya en la prensa especialmente por parte
de los Agentes honorarios.
Los Agentes honorarios que regular-
mente son personas de posicion que
aspiran á poseer un título consular por
la representacion que les proporciona,
compensarian así, el honor que el Estado
les confiere con publicaciones útiles que
podrían efectuar á sus expensas.