Full text: La representación exterior del Uruguay

Capitulo II. 
Desempeño de funciones diplomáticas. 
Arto 15 Los Agentes diplomáticos reci- 
birán del Poder Ejecutivo las instrucciones 
detalladas para el desempeño de su mision. 
Arto: 16 Independientemente de la mision 
que confiare el Poder Ejecutivo á todo 
Agente diplomático y de los que conciernen 
á su caracter oficial, tendrá dentro de 
sus gestiones las obligaciones siguientes: 
I Procurar mantener inalterable la mas 
perfecta armonia y buena inteligencia 
entre el Uruguay y la potencia ante la 
que se hallare acreditado, y velar cons- 
tantemente por la dignidad del jefe del 
Estado y de la Nacion que representa.
	        
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