(2) Compilación Internacional de Legislación, tomo 28, núm. 3, 1896.
LA DOCTRINA DE MONROE
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considerados como sujetos a una colonización futura de parte de ninguna
potencia europea.”
Este principio se aplicaría con mucha más fuerza aún, si una po
tencia europea cualquiera ensayase establecer una nueva colonia en la
América del Norte. Los derechos existentes de cada nación europea
deben ser respetados, pero por otra parte, se debe a nuestros intereses
y a nuestra seguridad que la protección eficaz de nuestras leyes puedan
extenderse sobre nuestros límites territoriales completos y que sea ne
tamente anunciada al mundo como nuestra política establecida, que
ninguna colonia o dominación europea podrá en el porvenir con nuestro
consentimiento, establecerse en parte alguna del continente de la Amé
rica del Norte.
Prescindiendo, dice Saenz Peña, de la sorpresa con que tiene
que mirarse la inconsistencia de las opiniones de Polk, debemos
hacer notar el error de sus conclusiones. Si sus alarmas fueron
sinceras y se inspiraron en el peligroso equilibrio de Guizot, es
indudable que ha debido recordar y aplicar aquella parte del men
saje de Monroe, que se refiere a la no intervención, pero aplicar
el fragmento de la colonización a un principio de equilibrio que
no asumía pretensiones colonizadoras, es confundir la doctrina en
sus aplicaciones más simples y elementales. La declaración de
Polk es justificativa simplemente de la anexión de Texas y aun
cuando se cita y se transcribe la del año 23, ellas se excluyen y
se contradicen en su significado internacional y jurídico.
Desde luego, observa Mr. Moore (2), la protesta contra el
establecimiento de una potencia europea de no importa qué de
nominación es un término que comprende la adquisición por trans
ferencia voluntaria o por conquista de territorio ya ocupado, término
que no avanzó Monroe. Esta doctrina, agrega el publicista, debe
distinguirse con el nombre de Doctrina Polk, porque no encuadra
con la de su antecesor, si bien es tan difusa como la primera.
Y el almirante norteamericano Colby Chester dice que estando
canalizado Panamá no les importa a los Estados Unidos el esta
blecimiento de colonias en Sud América, puesto que no les afecta,
y considera por tanto inaplicable la doctrina.
Y oigamos ahora a John Barrett, Director General de la Unión
Panamericana, ex Ministro de los Estados Unidos en Colombia,