LA ABOLICION DEL SANTO OFICIO DE LA INQUISICION
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s ¡ por un lado tiene una facultad espiritual
delegada por el Papa, por el otro lado es un
tribunal político que tiene las facultades ci
viles delegadas por el rey, y que, por lo
mismo reúne los dos cuchillos que son el dis
tintivo de este tribunal? Señor, es induda
ble que V. M. respetará la religión, como
que es una obligación suya y de todos los di
putados, y por tanto, querrá también que
subsista la ju
risdicción es
piritual. Pero
c Uando se trata
de materias es
pirituales que
tienen un ínti
mo enlace con
ris políticas,
Muestra Ma
jestad no pue
de desenten
derse de ellas.
Cuando se ha
tratado de bu-
' as > breves,
e tc., ¿no ha
querido V. M.
q«e, para ver
Sl tienen ó no
r °ce con las
Puterías póli
zas, el Go-
le, 'no las exa-
«line? Si és-
te considerase
que hay algu-
na cosa en ellas
c °ntraria al or-
en público, no
°hrarán efecto
en esta parte,
aunque lo .obrasen en lo espiritual. Y esto
r *^ e desde el tiempo anterior al estableci
miento de la Inquisición, cuya parte espi-
jatual, aunque no se puede negar, tam-
len es cierto que la política ó civil á que
Se contraen los diputados es en todo contra-
ria á la Constitución. ¿No se ve que las pe-
n as que imponía este tribunal están en su
mayor parte derogadas por la Constitución?
tormento, por ejemplo, está absoluta
sí* 1
D. Juan Nicasio Gallego.
mente derogado, los confiscos y otras pe
nas semejantes están derogadas, no sólo por
el espíritu, sino por la letra misma de la
Constitución. El artículo, ese artículo her
mosísimo que dice que la religión católica,
apostólica romana es, con exclusión de cual
quiera otra, la única de la nación española,
¿no dice también que ésta la protegerá con
leyes sabias y justas, lo cual pertenece á
V. M.? Es cier
to que el tribu
nal de la Inqui
sición tiene sus
leyes; pero,
¿esas leyes son
sabias? ¿son
justas? Sabias
y justas serán;
pero es menes
ter que sean
conformes con
la Constitución
y esto no lo sa
bemos. Sabio
ha sido el esta
blecimiento de
los tribunales
supremos de la
nación; justas
eran muchas
instituciones
que han existi
do, porque han
sido hechas
por la ley, y sin
embargo, se
han variado en
la forma, sal
vando su obje
to, porque Jse ha variado el orden civil”...
Otro diputado liberal, D. Francisco Fer
nández Golfín, había dicho para apoyar la
idea de que se estudiara el asunto detenida
mente, algo que debe haber hecho sonreír
por su ingenuidad: “Por lo que á mí toca,
necesito instruirme, pues carezco de noticias
sobre una materia que ha estado envuelta
con el velo de un secreto impenetrable y de
la cual estaba tan distante de tener que tra-