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PROREO
la neutralidad las convirtiese en instrumentos o auxiliares de-
la usurpación imperante en el país vecino.
Pero tratándose del problema interno, ajeno a su resorte,
no les sería lícito tampoco, tocar por esa razón a la estabili
dad de las leyes, de las reglas de la neutralidad, cuyos dicta
dos deben siempre, ser independientes de los juicios, cono de
las simpatías, respecto a la causa de uno u otro contendiente.
La disposición general prohibitiva del comercio de armas
para el país convulsionado, no podría por consiguiente, dero
garse, o alterarse, en consideración al cambio producido por
la caída del gobierno de Madero y la dominación de Huerta,
en razón de q'ue éste fuese un usurpador y los que contra él
se sublevan defensores de la legitimidad, ya que para decidir-
de tal cuestión ninguna competencia asistía al doctor Wilson.
Resueltos los Estados Unidos a no ser instrumentos dé
la opresión én Méjico,—actitud negativa—/pudieron guardar
las formas que obstan a una participación tan positiva como
la de promulgar el decreto derogatorio de la ley vigente hasta
ese momento, que prohibía la venta de armas.
No hay para qué citar el ejemplo de la fórmula dada a
Moisés en respuesta de cierto reclamo hecho por el pueblo
israelita contra alguno de los preceptos del decálogo. Jehová
no hallaba legítima la derogación, pero sus creyentes podrían
estar tranquilos, en la seguridad de que a tal respecto el Se
ñor prometía hacer de cuando en cuando la vista gorda.
Las providencias con que el Gobierno de los Estados Uni
dos hubiese salvado su horror al cumplimiento de la obliga
ción de seguir impidiendo de hecho el comercio de armas en
la nueva situación, podrían pertenecer al dominio de.1 arte-
político, arte a veces impuesto por la más austera conciencia,
deplorablemente olvidado en la derogación ad hoc promulga
da por el doctor Wilson en simple continuación del absurdo-
internacional de sus sentencias sobre el carácter de la situa-